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Declaración del MAE de Rusia referente a las relaciones ruso-ucranianas

1344-11-09-2008

Se sabe que hasta el 1 de octubre de 2008 Rusia y Ucrania deben determinar su enfoque del destino del Tratado de la Amistad, la Cooperación y las Relaciones de Socios de 1997. Está claro que semejantes decisiones estratégicas  se toman basándose en un análisis minucioso de la marcha de la realización de las disposiciones del Tratado y el cumplimiento por las partes de sus compromisos  relativos al fomento de la colaboración estratégica ruso-ucraniana.

A este respecto nos menos obligados a hacer constar que últimamente las autoridades ucranianas realizan una política que puede ser valorada como poco amistosa con respecto a Rusia.

Ello se manifestó con especial claridad en relación con la agresión de Georgia contra Osetia del Sur. No hemos oído palabras de lástima ni compasión en relación con la muerte de los civiles de Tsjinvali y los pacificadores rusos. Por el contrario, el Presidente de Ucrania intentaba imponer la culpa por el derramamiento de la sangre a Rusia. Además, en Kíev pasan obstinadamente en silencio el hecho de que con sus suministros de armamentos pesados al ejército georgiano la parte ucraniana es parcialmente responsable de la sangre derramada.

La Kíev oficial continúa con el rumbo hacia el ingreso acelerado en la OTAN lo cual contradice el espíritu del Tratado de 1997 y los intereses de la seguridad de Rusia. Además, ello se hace contrariamente a la voluntad del pueblo ucraniano. No es casual que las autoridades de Ucrania no quieren proponer este tema para el referéndum nacional.

Cabe señalar que el Tratado de 1997 entró en vigor solamente después de que la Rada Suprema de Ucrania había ratificado los convenios ruso-ucranianos sobre el funcionamiento de la Armada del Mar Negro de la Federación de Rusia en el territorio de Ucrania. Por tanto nos suscita una seria preocupación el desorbitar continuo por los representantes ucranianos del tema de los plazos de la estancia de la Armada del Mar Negro de la Federación de Rusia en el territorio de Ucrania.

Continúan las tentativas de complicar sus actividades. Ello causa daño a la atmósfera de nuestras relaciones y socava la marcha del proceso de negociaciones normal sobre la solución mutuamente aceptable de los problemas de la actividad vital de la Armada sobre la base de los convenios ruso-ucranianos pertinentes. Se alude asimismo a la posibilidad de rescindir esos convenios unilateralmente antes del plazo.

Entretanto, estamos convencidos de que la estancia de la Armada del Mar Negro rusa en Crimea es un factor estabilizador tanto en las relaciones entre Rusia y Ucrania como en el contexto de la estabilidad regional.

Suscita preocupación la práctica viciosa de la Kíev oficial para prohibir la entrada en Ucrania a diputados y políticos destacados  rusos contrariamente a los acuerdos habidos.

En el ámbito humanitario se han acumulado no pocos fenómenos negativos. Se trata de los intentos de las autoridades ucranianas de revisar en el espíritu antirruso nuestra historia común, hacer héroes de los cómplices del fascismo.  Se menoscaban los derechos de la pop oblación rusohablante de Ucrania, se mantiene el rumbo hacia la expulsión de la lengua rusa de la vida social del país, la ciencia, la educación, la cultura y los medios de comunicación.

Semejante práctica de la Kíev oficial conduce al empeoramiento de los vínculos bilaterales suscitando en Rusia una seria preocupación.

El pueblo de Rusia siempre experimenta los sentimientos más cálidos y sinceros por el pueblo hermano de Ucrania. cobrando conciencia de su responsabilidad histórica por los destinos de las relaciones ruso-ucranianas  y aspirando a consolidar los vínculos amistosos con el Estado ucraniano partimos de que el Tratado de 11997 será prolongado para los próximos diez años.

Esperamos que el sabio pueblo de Ucrania y todas las fuerzas políticas sanas del país no admitan el empeoramiento de los lazos con Rusia y hagan todo lo posible para que entre nuestros países se establezcan las relaciones de la colaboración estratégica real de plena conformidad con los fines y los principios del Tratado de 1997 y teniendo en cuenta las circunstancias de su entrada en vigor.

11 de septiembre de 2008


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